Para Ingresos Recurrentes:
Empleados en Relación de Dependencia: Últimos tres recibos de sueldos. Deben contar una antigüedad superior a 3 meses. De tratarse de Becas/ estipendios podremos solicitar el contrato o bien, el extracto bancario en el que se verifique tanto la titularidad de la cuenta como la acreditación del salario en cuestión.
Monotributistas: Constancia de Opción vigente + últimos tres VEPs de pago, junto con sus respectivos comprobantes de pago. Aclaración: Si el usuario no cuenta con lo Veps solicitados o participó de una moratoria puede enviar la facturación del último año, en formato original y en un único documento, junto con una hoja adicional que detalle: Fecha, No de FC, monto neto de c/u, y monto total facturado.
Autónomos: Últimas tres posiciones de IVA pagas
Para Ingresos Extraordinarios:
Liquidaciones Finales: Recibo/acuerdo laboral.
Bonos/gratificaciones laborales: Recibo.
Venta de Vehículos: Boleto de compra venta certificado ante escribano.
Solicitaremos documentación adicional en caso de considerarlo necesario.
Venta de Inmuebles: Escrituras de propiedad.
Inversiones: Comprobante de liquidación.
Ahorros: Extractos bancarios o, comprobante de depósito bancario +
documento que respalde el origen de dicho ahorro.
En caso de considerarlo necesario solicitaremos extracto bancario o comprobante de depósito + constancia de CBU/CVU.
Restricciones:
No se admiten Facturas E.
No se aceptan donaciones o mutuos como justificación de ingresos, salvo en
casos muy excepcionales. En los que se evaluará que la documentación sea elaborada y certificada por escribano público, que constate el origen de los fondos transferidos. Y no sea solo una certificación de firmas.
Salvo excepciones, la documentación no debe tener una antigüedad superior a un año.
Los documentos no deben tener clave de acceso.
Importante:
Todos los usuarios, independientemente del tipo de ingreso que presenten pueden aportar la declaración Jurada del Impuesto a las Ganancias, Formulario 711 o bien, una certificación contable. En este último caso, se deberá incluir el anexo correspondiente, el cual contenga la documentación de respaldo que ha verificado el contador. .